miércoles, 25 de julio de 2012

Incautan primer celular a interno del INPE luego de promulgación de ley 29867


Hoy se incautó el primer celular a nivel nacional a un interno del penal en Picsi, tras la promulgación de la ley 29867 que endurece las penas por ingresar o portar objetos prohibidos a los recintos carcelarios, así lo informó el director de la zona norte del Instituto Nacional Penitenciario, Sergio Haro Huapaya.

El aparato celular se halló en poder del interno Juan Manuel Aroca Romero, de 35 años de edad, y natural de Trujillo, quien purga una condena de 12 años de cárcel por el delito de robo agravado. Este sujeto es sindicado de ser integrante de la banda delincuencial "Los Malditos de la Esperanza".

El hallazgo de este celular en poder de este delincuente se logró durante una requisa en el establecimiento penitenciario de Chiclayo.

Como se recuerda la ley 29867, la cual entró en vigencia el lunes 23 de julio, penaliza hasta con 20 años de cárcel el ingreso de objetos prohibidos a los penales del país, como celulares, cámaras de video y armas de fuego.

La norma establece que cualquier persona que ingrese indebidamente con equipos o sistemas de comunicación, fotográfico o filmación recibirá una pena entre 4 y 6 años de prisión. Si se vale de su condición de autoridad, abogado o funcionario público, será considerado como un agravante para una pena entre 6 y 8 años.

Además, habrá una pena de 2 a 4 años para aquellos que intenten ingresar a la cárcel materiales y componentes que puedan ser utilizados para elaborar antenas o receptores que faciliten la comunicación celular, fija, radial o por Internet. El castigo se eleva de 3 a 6 años si este delito es cometido por una autoridad.

La ley establece también una pena no menor de 8 ni mayor de 15 años de prisión para quienes ingresen al penal portando armas, municiones o materiales explosivos. Si se utiliza a un menor de edad para ello, la sanción será entre 10 y 20 años.

La misma norma sanciona el amotinamiento en una cárcel con penas de entre 4 y 6 años y estipula que quedan exentos de responsabilidad penal los que entreguen, de manera voluntaria, armas de fuego, municiones, explosivos, celulares y demás objetos prohibidos.


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